Finalmente, la fuente DOF verificada contiene esta base documental: DOF, edición vespertina del 27/04/2026: resolución que adiciona la 10ª Bis a las disposiciones sobre redes de medios de disposición. Texto verificado: "Como excepción a lo previsto en la 10ª de las presentes disposiciones, para efectos del registro de la reducción de las Cuotas de Intercambio para Pagos con Tarjeta, exclusivamente en el giro comercial de gasolineras". Transitorio verificado: la 10ª Bis entra en vigor al día siguiente de su publicación y expira el 31/10/2026.
Al comparar esa fuente con los hechos resumidos, el reporte se limita a lo siguiente: La resolución adiciona la 10ª Bis a las Disposiciones de carácter general aplicables a las redes de medios de disposición. La regla crea una excepción temporal para el registro de la reducción de cuotas de intercambio para pagos con tarjeta, exclusivamente en el giro comercial de gasolineras.
De ahí que la conclusión jurídica preliminar sea: A participantes en redes de pago, emisores, adquirentes, titulares de marca y grupos gasolineros les conviene revisar condiciones de participación, registro ante Banco de México, vigencia de seis meses y expiración de la 10ª Bis el 31 de octubre de 2026.